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domingo, 8 de septiembre de 2013

Catholic.net - Curso-Taller Avanzado de Liturgia Nº 1.

Catholic.net - Curso-Taller Avanzado de Liturgia Nº 1.El Nuncio consulta al sacerdote si acepta su elección como Obispo. 

Para ser nombrado su edad no debe ser inferior a los 35 años según el Código de Derecho canónico. 

Haber sido ordenado presbítero al menos cinco años antes, y ser doctor o licenciado en Teología, Biblia y/o Derecho Canónico, o al menos ser experto en ellas. 

Una vez que el presbítero ratifica su deseo, se emite la Bula y se hace público el nombramiento episcopal. 

Obispos diocesanos y obispos titulares. 

Los obispos diocesanos son aquellos que tienen una porción del Pueblo de Dios llamada Diócesis para Pastorear. 

Los obispos titulares son aquellos a los cuales se les adjudica una diócesis antigua ya desaparecida, y colaboran con los obispos titulares ya sea como obispos coadjutores ú obispos auxiliares. 

Lo mismo pasa con los obispos de la curia romana. 

Los Obispos titulares: 

Obispos auxiliares y obispos coadjutores. (CIC 403-411) 

Los Obispos auxiliares son los que ayudan al Obispo de la diócesis, y los coadjutores los que, ayudándole y preparándose, lo sucederán. 

Los vicarios generales y episcopales. (CIC 475-481) 

Estos vicarios ayudan al Obispo en el servicio de su diócesis y son nombrados por él. Duran en el cargo mientras dure el Obispo en el gobierno de la diócesis o sean removidos por él. 

Deben se sacerdotes no menores de 30 años y expertos en las disciplinas que se solicitan también para ser Obispo. 

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